28 Ene Nuevo cálculo de los peajes de transporte y distribución de la electricidad
La nueva tarifa 2.0TD
Según lo dispuesto en el BOE el 15 de enero del año pasado, debían entrar en vigor, el 1 de noviembre de 2020, las nuevas tarifas de electricidad. Sin embargo, la situación provocada por la pandemia de la COVID-19 retrasó su entrada en vigor hasta el 1 de abril de este año.
Si bien aún falta mucha información por publicar, como cuáles serán los costes de las partes fijas de las nuevas tarifas, lo cierto es que se saben muchas cosas sobre cómo va a cambiar el mercado eléctrico en nuestro país a partir de dicha fecha.
Nuevos peajes o tarifas de electricidad
En la actualidad existen doce tarifas de electricidad diferente, que pasarán a ser seis con los nuevos cambios. El tipo de tarifa que podamos contratar dependerá del nivel de tensión y de la potencia que contratemos. Los cambios afectarán por igual a todos los usuarios, independientemente de si están en el mercado regulado (tarifa PVPC) o mercado libre.
Las tarifas 2.0 y 2.1 pasarán a unificarse en una sola tarifa, la 2.0TD.
Los consumidores que tengan autoconsumo a través de red tendrán sus propios peajes, que con la denominación 2.0TDA, 3.0TDA, 6.1TDA, 6.2TDA, 6.3TDA y 6.4TDA.
Tarifa de acceso 2.0TD
La nueva tarifa 2.0TD sustituye a las tarifas 2.0 y 2.1 actuales y sus características serán las siguientes:
● Tensión menor a 1 kV
● Potencia contratada menor a 15 kW en todos los periodos
● Dos términos de potencia: punta y valle
● Tres términos de energía: punta, llano y valle
Uno de los mayores cambios es que, con las nuevas tarifas, la discriminación horaria será obligatoria. En este tipo de peajes se paga un precio diferente según el momento del día. La división vendrá en tres periodos: un precio más caro (punta), uno medio (llano) y uno barato (valle). Si conseguimos acumular nuestro mayor consumo en el periodo valle podremos ahorrar entre un 25% y un 40% en nuestra factura de electricidad.
Otro de los cambios importantes es que se podrán contratar dos potencias diferentes. Hasta ahora, en las tarifas 2.0 y 2.1, sólo se podía contratar una potencia. Sin embargo, con la nueva tarifa se podrá contratar dos potencias diferentes, una en horario punta (más cara) y otra en horario valle (más barata). Las horas valle, tanto para potencia como consumo, serán las horas nocturnas.
Periodos de potencia:
Periodo de energía:
Peaje 3.0TD:
Sustituirá a la actual tarifa 3.0A, con las siguientes características:
● Tensión < 1 kV
● Potencia contratada superior a 15 kW por lo menos en uno de los periodos
● Seis términos de potencia, con potencias crecientes.
○ El periodo 1 de la nueva tarifa es el periodo 1 actual
○ El periodo 2 de la tarifa actual se divide en cuatro (P2, P3, P4 y P5)
○ El periodo 3 actual pasa a ser el periodo 6
Uno de los grandes cambios es que se pasará de tres a seis periodos, en energía y en potencia. Las potencias deberán ser crecientes, es decir, la de un periodo deberá ser igual o superior a la del periodo anterior.
Otro cambio importante en las tarifas 3.0TD es cómo se facturará la potencia. Con las nuevas tarifas se cobra por un lado la potencia contratada y por otro las penalizaciones por excesos de potencia. Dichas penalizaciones se van a calcular de manera diferente para los suministros de más o menos de 50 kW de potencia máxima contratada.
Peaje 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD:
Sustituirán a las tarifas 3.1A, 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4 actuales, es decir, a los suministros de Alta Tensión. Dependiendo del nivel de tensión se tendrá una tarifa u otra, con independencia de la potencia contratada. Se caracterizan por:
● Tensión ≥ 1 kV
● La potencia contratada no tendrá límite.
● Seis términos de potencia con potencias crecientes.
● En el caso de las tarifas 3.1A que tienen 3 términos de potencia
○ El periodo uno se mantiene como P1
○ El periodo 2 de la actual tarifa se divide en cuatro: P2, P3, P4 y P5
○ P3 actual pasará a ser P6
● En el resto, las mismas potencias
El mayor cambio, como vemos, se da en las tarifas 3.1A donde pasamos de tres términos a seis de potencia.
Ya no existe una limitación de potencia mínima contratada, pero se mantiene el requisito de que las potencias deben ser crecientes.
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